Aclaración sobre reintegros para alumnado de Formación Profesional

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La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional ha hecho aclaraciones sobre las Instrucciones dadas para la gestión de los reintegros de la convocatoria de becas del curso 2019-2020.

Ante las múltiples dudas que han surgido sobre la aplicación de las Instrucciones para la gestión de los reintegros de la convocatoria de becas del curso 2019-2020, la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional ha procedido a hacer las correspondientes Aclaraciones, especialmente porque hay algunos puntos de dichas instrucciones que no darán lugar al reintegro, por que haya un aplazamiento de las prácticas al próximo curso 2020-2021, siempre que la administración educativa autonómica haya contemplado dicha posibilidad como una alternativa de flexibilización.

Por tanto, cuando la Comunidad Autónoma haya ofrecido al estudiante, como alternativa, la realización de una actividad sustitutiva de la FCT o el aplazamiento de dicho módulo al próximo curso 2020-2021, y el estudiante haya optado por el aplazamiento, no se considerará a efectos de reintegro porque no se ha producido una reducción de los módulos matriculados.

En cuanto a la causa de reintegro por “no haber superado el 50% de las asignaturas, créditos u horas”, si la Comunidad Autónoma ha ofrecido al estudiante, como alternativa a la realización de la FCT, el aplazamiento de dicho módulo para el próximo curso 2020-2021, y el estudiante ha optado por el aplazamiento, el cálculo de las horas superadas se realizará una vez finalizado el periodo de prácticas objeto de aplazamiento.

En esta nota aclaratoria se deja claro que, en ambos casos, será necesario que el órgano competente de la comunidad autónoma emita un certificado justificativo de que la oferta de aplazamiento para el alumno/a se debe al hecho de que se ha considerado que es la mejor forma de dar cumplimiento a los objetivos del módulo profesional y de lograr la competencia general establecida para el título.

Esperamos y confiamos que esta nota aclaratoria despeje las dudas que se han suscitado entre un buen número de alumnos y alumnas que son beneficiarios de becas de ayuda a los estudios.